sábado, 23 de febrero de 2019

MÓDULO VI - IMPUTACIÓN EN DELITOS OMISIVOS Dr. Gonzalos Uscamayta (Bolivia) CURSO DE ALTA FORMACIÓN EN DERECHO PENAL 2019


DR. GONZALO USCAMAYTA
BOLIVIA
DOCENTE DEL MÓDULO VI "IMPUTACIÓN EN DELITOS OMISIVOS"

Síntesis Curricular:


• Docente universitario de derecho procesal penal y Seminario de tesis, Universidad Unión Bolivariana
• Maestría en Derecho Penal
• Maestría en derecho Constitucional
• Diplomado en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal
• Abogado egresado de la Universidad de Aquino Bolivia (UDABOL).
• Diplomado en derecho Constitucional
• Diplomado en educación superior e interculturalidad
• Pasantía Internacional de interrogatorio y contrainterrogatorio Universidad Autónoma Latinoamericana Medellín Colombia / Cesjul
• Expositor en Seminarios nacionales ICALP El Alto
• Vicepresidente 2do. Ilustre Colegio de Abogados de La Paz
• Presidente Comisión Régimen interno Ilustre Colegio de Abogados de La Paz
• Presidente Comisión Filial El Alto Ilustre Colegio de Abogados de La Paz

CLASE 1

Parte 1 



Parte 2 

Pregunta:

Si el sujeto ha creado una fuente de peligro o las circunstancias propicias para la producción de un resultado lesivo y está obligado a evitar su producción final estamos frente a:

a) Delito de omisión propia 
    b) Delito de omisión impropia 
c) Delito de omisión propia y de comisión por omisión   

CLASE 2 
Registro de asistencia, 23 de abril 2019 

Parte 1

Parte 2



Pregunta:
Para que la omisión exista en la realidad es necesario el vinculo de causalidad entre:

a) El hecho y el tiempo a producir 
b) El hecho y el evento a producir 
c) El hecho y la conducta punible 

CLASE 3
Registro de asistencia, 24 de abril 2019

Parte 1

Parte 2

Pregunta:
Si se omite la realización de la conducta mandada en la norma, expresamente tipificada por el legislador como norma omisiva, se conoce como:

a) Omisión impropia
b) Posición de garante
c) Omisión propia

CLASE 4
Registro de asistencia, 25 de abril 2019

Parte 1

Parte 2

Pregunta:
La actividad o pasividad corporal con capacidad de dirección voluntaria de acuerdo a un fin, es un concepto de:

a) Comisión por omisión
b) Omisión impropia
c) La conducta

CLASE 5
Registro de asistencia, 26 de abril 2019 

Parte 1

Pregunta:

Un resultado solo es objetivamente imputable a una acción humana cuando tal acción crea un peligro jurídicamente desaprobado, que se materializa en un resultado típico, estamos frente a la:

a) Teoría de la Causalidad
b) Teoría de la Imputación Objetiva
c) Teoría de la Equivalencia de Condiciones 


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