El
21 de abril del 2024 se celebró en Ecuador una consulta popular integrada de
once preguntas, entre las cuales se encontraba la pregunta “C” que planteaba la
siguiente interrogante:
¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas
especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda
instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les
corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?
El mismo día, el Consejo Nacional Electoral anunció el triunfo en nueve
de las once preguntas, incluyéndose entre las preguntas aprobadas la antes referida.
Visto el anexo de la pregunta, los nuevos jueces constitucionales deberían
iniciar sus funciones en un año, en consecuencia, dada la experiencia reciente
sobre los concursos de méritos y oposición para la selección de jueces de la
que se observa que estos procesos tienen una duración aproximada de siete
meses, se estima que los procesos de selección podrían iniciar en el mes de
septiembre del 2024.
Dado que la academia no puede ser ajena a las necesidades emergentes del
país, proyectamos que el programa a implementarse ofrezca bases sólidas a los
profesionales del derecho que aspiren a participar activamente en este nuevo
momento histórico para la justicia constitucional en el Ecuador, tanto desde la
administración de justicia, como desde el campo del litigio.
JORNADA 1
PREGUNTAS
1. En
el modelo kelseniano, el control de constitucionalidad se concibe como:
A) Difuso y ejercido por todos los jueces
B) Concentrado en un órgano jurisdiccional específico
C) Político y ejercido por el parlamento
2. El
caso Marbury vs. Madison (1803) es relevante porque:
A) Fue el primer precedente del control judicial de constitucionalidad
B) Declaró inconstitucional la Constitución de los Estados Unidos
C) Limitó las competencias del Poder Judicial federal
PREGUNTAS
1. ¿Cuál
ha sido la influencia del Derecho Constitucional en el Derecho Procesal
Constitucional?
A) La aplicación directa de la Constitución
B) El control interno de convencionalidad
C) El establecimiento de la reparación integral
2. ¿Cuál
de los siguientes elementos NO forma parte del objeto del Derecho Procesal
Constitucional?
A) Los sistemas de justicia y
control de constitucionalidad-convencionalidad
B) La interpretación constitucional
C) El fortalecimiento de las políticas públicas
JORNADA 3
PREGUNTAS
1. ¿Cuál de las siguientes
definiciones describe el funcionamiento del método de interpretación evolutiva
o dinámica de las normas constitucionales?
A) Las normas se entenderán a
partir de las cambiantes situaciones que ellas regulan, con el objeto de no
hacerlas inoperantes o ineficientes o de tornarlas contrarias a otras reglas o
principios constitucionales.
B) Las normas jurídicas deberán
ser interpretadas a partir del contexto general del texto normativo, para
lograr entre todas las disposiciones la debida coexistencia, correspondencia y
armonía.
C) Las normas jurídicas se
entenderán a partir de los fines que persigue el texto normativo.
2. Acorde al desarrollo
jurisprudencial realizado por la Corte Constitucional ¿Cuándo los jueces de
garantías jurisdiccionales son susceptibles de cometer prevaricato?
A) Cuando la autoridad judicial
falle contra ley expresa en perjuicio de una de las partes resolviendo el fondo
de la controversia jurídica en oposición a normas sustantivas expresas.
B) Cuando la autoridad judicial
proceda contra ley expresa haciendo lo que prohíbe o dejando de hacer lo que
mandan las reglas adjetivas que regulan la sustanciación de una causa.
C) Cuando la autoridad judicial
falle contra ley expresa en perjuicio de una de las partes haciendo lo que
prohíbe o dejando de hacer lo que mandan las reglas adjetivas que regulan la
sustanciación de una causa.
JORNADA 4
PREGUNTAS
1. El principio de proporcionalidad exige que se
verifique que la medida en cuestión proteja un fin constitucionalmente válido,
que sea idónea, necesaria para garantizarlo, y que exista un debido equilibrio
entre la protección y la restricción constitucional. En ese sentido, ¿Cuándo se cumple el
requisito de necesidad?
A) El
requisito de necesidad se cumple cuando la medida escogida, a pesar de limitar
derechos, es la que tiene un impacto menor en ellos; es decir, no debe existir
otra medida razonablemente posible, capaz de cumplir con el fin
constitucionalmente válido en el mismo grado de satisfacción
B) El
requisito de necesidad se cumple cuando la limitación de derechos de la medida
en cuestión no resulte excesiva en comparación con el beneficio buscado al
imponer la misma.
C)El requisito
de necesidad se cumple siempre y cuando la medida permita la consecución del
fin constitucionalmente válido que se persigue.
2. Cuando
dos normas jurídicas entran en conflicto, una por provenir de una autoridad
superior jerárquicamente y otra de una autoridad competente en su ámbito
material, ¿Qué principio debe aplicarse prioritariamente para resolver la
antinomia?
A) El
principio de competencia, porque la validez de la norma depende de que haya
sido dictada por la autoridad facultada para regular la materia, incluso frente
a normas jerárquicamente superiores.
B) El
principio de jerarquía, porque toda norma inferior debe subordinarse a la de
rango superior, sin importar la materia que regule.
C) El principio de posterioridad, porque la norma más reciente desplaza a la anterior, sin atender a su jerarquía ni a la competencia.
JORNADA 5
PREGUNTAS
1. ¿Cuál es la definición del método de
ponderación en la interpretación constitucional?
A) Operación lógica que consiste en determinar si un hecho
jurídico reproduce la hipótesis contenida en una norma general abstracta.
B) Verificar que la medida en cuestión proteja un fin
constitucionalmente válido, sea idónea y necesaria para garantizarlo, y que
exista un debido equilibrio entre la protección y la restricción
constitucional.
C)Establecer una relación de preferencia entre principios y
normas, condicionada a las circunstancias del caso concreto para determinar la
decisión adecuada.
2. ¿Qué principio constitucional establece que los parámetros
interpretativos de la Constitución fijados por la Corte Constitucional tienen
fuerza vinculante?
A) Obligatoriedad del precedente constitucional.
B) Obligatoriedad de administrar justicia.
C) Optimización de principios.
JORNADA 6
PREGUNTAS
¿Cuál de los siguientes supuestos
constituye una inobservancia del precedente?
A) Cuando los jueces que componen un cierto tribunal se
alejan del precedente establecido por la Corte Constitucional sin justificar
suficientemente.
B) Cuando los jueces que componen un cierto tribunal de
instancia no observan la regla de precedente establecida por otro tribunal de
instancia del mismo nivel jerárquico.
C) Cuando los jueces ante la existencia de características
relevantes distintas dejan de aplicar un precedente al caso en concreto.
2. ¿Cuál es el efecto del precedente en el tiempo y su
aplicación?
A) El precedente debe ser observado desde su expedición, pero
no puede ser aplicado dentro de los casos concretos que se hayan iniciado con
anterioridad a la expedición del mismo a pesar de que el proceso aún no haya
concluido de forma definitiva.
B) El precedente debe ser observado desde su expedición, y
aplicado únicamente a hechos posteriores a la fecha de expedición del mismo.
C) El precedente debe ser observado desde su expedición, e
incluso puede ser aplicado dentro de los casos concretos que se hayan iniciado
con anterioridad a la expedición del mismo, siempre y cuando no exista una
decisión definitiva.